Defincion de un Municipio en Puerto Rico

El Municipio es una entidad del Gobierno de Puerto Rico con personalidad Jurídica. Sus
operaciones se rigen por la Ley Núm. 81, y por el Reglamento para la Administración
Municipal. Este fue aprobado el 18 de julio de 2008 por el Comisionado de Asuntos
Municipales, y comenzó a regir el 16 de agosto de 2008.
El Municipio tiene plenas facultades ejecutivas y legislativas en cuanto a su jurisdicción.
Es una entidad jurídica con carácter permanente. Además, tiene existencia y personalidad
legal independientes de las del Gobierno Estatal.
El sistema gubernamental del Municipio está compuesto por dos (2) poderes: el Ejecutivo
y el Legislativo. El Alcalde, como funcionario ejecutivo, ejerce las funciones
1 A tenor con el Artículo 15, inciso (4) de la Ley Núm. 8, se mantienen en vigor aquellos reglamentos y memorandos de entendimiento de OCALARH, que estén vigentes a la fecha de aprobación de la referida Ley Núm. 8.
Informe de Auditoría AEC-M-08-2016 (AE) Municipio Autónomo de Aibonito Página 3
administrativas y es electo cada (4) años en las elecciones generales de Puerto Rico. La
Legislatura Municipal ejerce las funciones legislativas y está compuesta por catorce (14)
miembros, quienes también son electos en dichas elecciones.
Para ofrecer sus serv1c10s, el Municipio cuenta, entre otras, con las siguientes
dependencias: Obras Públicas Municipal, Oficina de Programas Federales, Recreación y
Deportes, Policía Municipal, y Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias y
Administración de Desastres.
El

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